Reformas al sistema tributario ecuatoriano: una mirada desde los microempresarios de Cotopaxi
Reforms to the ecuadorian tax system: a look from the Cotopaxi micro entrepreneurs
Jaime Giovanni Vizuete Sarsoza1, Paco Jovanni Vasquez Carrera2, Milton Fernando Hidalgo Achig1
1 Instituto Superior Tecnológico Vicente León
2Universidad Técnica de Cotopaxi Extensión La Maná
Correo correspondencia: m.hidalgo@istvicenteleon.edu.ec, paco.vasquez@utc.edu.ec, milton.hidalgo@utc.edu.ec
Información del artículo Tipo de artículo: Artículo original
Recibido: 12/08/2022
Aceptado: 13/10/2022
Publicado: 18/11/2022
Revista: DATEH
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Resumen Los tributos son empleados como estrategia de recaudación fiscal, en este sentido son objeto de reformas constantes a fin de cubrir los requerimientos que demanda el gasto público de un país. En Ecuador una de las reformas más recientes y de gran impacto fue creada en el año 2020 denominada Régimen Simplificado para Microempresas instaurada mediante la Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria. El objetivo de la investigación es analizar la incidencia del régimen de microempresas en la provincia de Cotopaxi, para efecto se aplicó una metodología mixta cuali-cuantitativa con enfoque descriptivo, los datos fueron recolectados a partir de instrumentos que responden a los fines de ambos enfoques (encuestas e informes), los resultados de la investigación reflejan que el cantón Latacunga representa el mayor rubro de recaudación generando en promedio el 87% de los tributos de la provincia, una reducción de microempresarios del 1,4%, el índice general de recaudación se redujo el 10,98%, de forma individual reflejan reducción de IVA 15%, IR 5% e ICE 44% en el año 2020 frente al periodo anterior 2019 y posterior 2021.
Palabras clave: Reforma; Sistema tributario; Tributación; Impuestos; Microempresarios.
Abstract Taxes are used as a tax collection strategy; in this sense they are subject to constant reforms in order to cover the requirements demanded by a country's public spending. In Ecuador, one of the most recent and high-impact reforms was created in 2020 called the Simplified Regime for Microenterprises, established through the Organic Law of Tax Simplicity and Progressivity. The objective of the research is to analyze the incidence of the microenterprise regime in the province of Cotopaxi, for this purpose a mixed qualitative-quantitative methodology with a descriptive approach was applied, the data was collected from instruments that respond to the purposes of both approaches ( surveys and reports), the results of the investigation show that the Latacunga canton represents the largest collection item, generating an average of 87% of the province's taxes, a reduction of 1.4% in microentrepreneurs, the general collection index is reduced 10.98%, individually they reflect reduction of VAT 15%, IR 5% and ICE 44% in the year 2020 compared to the previous period 2019 and after 2021.
Keywords: Reform; Tax system; Taxation; Taxes; Microentrepreneurs.
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Forma sugerida de citar (APA): López-Rodríguez, C. E., Sotelo-Muñoz, J. K., Muñoz-Venegas, I. J. y López-Aguas, N. F. (2024). Análisis de la multidimensionalidad del brand equity para el sector bancario: un estudio en la generación Z. Retos Revista de Ciencias de la Administración y Economía, 14(27), 9-20. https://doi.org/10.17163/ret.n27.2024.01.
INTRODUCCIÓN
Las microempresas tienen gran importancia en la economía de un país por ser fuentes de empleo y generadoras de ingresos promoviendo el desarrollo económico y social, de acuerdo al Banco Interamericano de Desarrollo (2006) las microempresas ecuatorianas “emplean a más de un millón trabajadores de ingresos medios o bajos, lo que representa alrededor del 25% de la mano de obra urbana y un aporte al Producto Interno Bruto entre el 10 y 15%” (p.11). Conforme a las cifras presentadas por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (2020) en Ecuador existen 846.625 empresas de las cuales el 91.89% (777.614) son microempresas.
Los autores Hernández, Ramírez, Pérez, y Molina (2019) afirman que “en la Provincia de Cotopaxi se concentra el 3% de las empresas del país, la mayor actividad económica se registra en microempresas, asociadas al sector comercio y servicios” (p. 5). En la provincia de Cotopaxi de acuerdo al INEC para el año 2019 existen 25.778 empresas de las cuales es 24 (93.11%) son microempresas, para el periodo 2020 el total de empresas es 24.348 de estas corresponde a microempresas el 94% es decir 22.884, esto refleja el papel fundamental que ejerce este tipo de empresas en la economía de la provincia, el cantón que concentra el mayor número de microempresas es Latacunga abarcando 13.206 es decir el 55.02% y 12.575 54.95% del total de microempresas de la provincia para el año 2019 y 2020.
La recaudación fiscal es un eje de suma importancia en la gestión de un gobierno y tiene impacto directo en el PIB (Producto Interno Bruto). En el Ecuador en el periodo 2020 se estableció mediante la Ley de Simplicidad y Progresividad Tributaria un nuevo régimen dirigido a las microempresas, estas empresas deberían permanecer en este sistema por un periodo que no podrá ser mayor a cinco ejercicios fiscales.
El régimen fue adaptado en tiempos de pandemia “a mayor gasto, mayor necesidad de recursos; de ahí que las reformas tributarias se produzcan en estos períodos de necesidad. esto ocasionó una serie de dificultades”, (De la guerra, 2010, p.9) al inicio del decreto gran parte de microempresarios que constaban en el catastro emitido por el SRI, no tenían conocimiento del mismo y hubo confusión en los deberes formales que debían cumplir puesto que este régimen contemplaba cambios respecto al que pertenecían previamente. Este nuevo régimen genera un descontento de quienes están considerados en este grupo, pues no han contado con un plan de acción informativo que los incorpore al nuevo ambiente y lograr disminuir el impacto que este cambio ha generado a nivel nacional, por desconocimiento de la norma que se ve reflejado en un mayor porcentaje de contribuyentes con morosidad y retraso. (Ñacata & Monge, 2021, p.31)
A lo largo de la historia se han presentado diversas reformas tributarias, creadas con el propósito de incentivar el cumplimiento de los deberes del contribuyente y mejorar la recaudación, la “reforma tributaria es una modificación de la estructura de impuestos, la cual determina quién o quiénes deben o no pagar éstos, así como el motivo de ello, la cantidad que deben pagar dependiendo de las políticas de los gobiernos”. (Camposano, 2012, citador Ascencio & Otros, 2016, p. 4) El régimen de microempresas ha recibido numerosas críticas, especialmente por la tarifa del impuesto a la renta pues, al establecerse un impuesto del 2% sobre los ingresos brutos, no se toma en cuenta la situación económica real del sujeto pasivo pues, aunque el ejercicio económico reporte pérdidas, el contribuyente de igual forma deberá pagar este impuesto vulnerando el principio de capacidad contributiva que debe ser observado por toda norma tributaria. (Jácome, 2021, p.3).
Por lo expuesto la presente investigación se orienta al análisis del impacto que generó la nueva reforma en las microempresas de la provincia de Cotopaxi, estableciendo el impacto de recaudación tributaria y el nivel de cumplimiento de los objetivos establecidos por el SRI mediante la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria. Para lograr este propósito se analizará los niveles de recaudación obtenidos por el SRI en el año de creación de la reforma (2020) y se comparará con el año inmediato anterior (2019) y el año siguiente a su aplicación (2021); además se aplicarán instrumentos de recolección de datos para obtener la percepción de los microempresarios responsables de cumplir con la normativa, la investigación tiene una metodología explicativa con un enfoque mixto cuanti - cualitativa. Newman (2002) citador Hernández & Otros (2014)) el enfoque mixto “logra una perspectiva más amplia y profunda del fenómeno. La percepción de éste resulta más integral, completa y holística”. (p.537) El carácter cualitativo como manifiestan Quecedo & Castaño (2003) “En sentido amplio, pude definirse la metodología cualitativa como la investigación que produce datos descriptivos: las propias palabras de las personas, habladas o escritas, y la conducta observable”. (p.7)
En la investigación se empleó para describir la perspectiva que tiene los microempresarios frente a la reforma en este sentido se aplicó como instrumento de recolección de datos un cuestionario con preguntas estructuradas previamente que permitieron recaudar información confiable. La población es el total de microempresas existentes en la provincia de Cotopaxi según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, se empleó la fórmula para calcular una muestra representativa y aplicar el instrumento. Por su parte el enfoque cuantitativo fue necesario para comparar los informes estadísticos emitidos por el Sistema de Recaudación Interna SRI en el periodo 2019, 2020 y 2021, correspondientes a la recaudación obtenida en esos periodos, de esta manera se ejecuta un análisis horizontal del periodo inmediato anterior y posterior a la resolución.
Microempresa
Según el Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) (2010) Art. 53.- Definición y Clasificación de las MIPYMES manifiesta:
La Micro, Pequeña y Mediana empresa es toda persona natural o jurídica que, como una unidad productiva, ejerce una actividad de producción, comercio y/o servicios, y que cumple con el número de trabajadores y valor bruto de las ventas anuales, señalados para cada categoría, de conformidad con los rangos que se establecerán en el reglamento de este Código. (p.23)
Reglamento del COPCI Art. 106 literal a categoriza la microempresa como “aquella unidad productiva que tiene entre 1 a 9 trabajadores y un valor de ventas o ingresos brutos anuales iguales o menores de trescientos mil (US $ 300.000,00) dólares de los Estados Unidos de América.” (p. 39)
Las microempresas en el Ecuador son el tipo de empresas predominante esto debido a su naturaleza, es importante mencionar que en Cotopaxi más del 90% corresponde a microempresas, estas cifras se presentan con recorte diciembre 2020, son los datos más actualizados, a la fecha no se cuenta con datos del periodo 2021, pero seguramente existirá una mayor reducción de microempresas, de acuerdo a La Hora (2021) “las empresas ecuatorianas eran de las menos preparadas de América Latina para afrontar la crisis”. (p.12)
Tabla 1. Número de Microempresas en Cotopaxi periodo 2019, 2020
Régimen Tributario Ecuatoriano
Las políticas del Régimen Tributario de Impuestos del Ecuador se han venido desarrollando independientemente. Estos últimos años debido a la emisión de varias Resoluciones por parte del SRI, la interpretación y la aplicación del régimen tributario está cambiando frecuentemente. Bajo la administración actual el cobro y la imposición de impuestos están consolidados como parte del programa político principal, por lo tanto, tiene la particularidad de ser muy riguroso, estricto y severo en la aplicación de medidas a favor del área tributaria. (Agencia de Cooperación Internacional de Japón Ernst & Young Advisory, 2016, p.5)
Régimen de Microempresas
El Régimen Impositivo para Microempresas, es un régimen obligatorio, aplicable a los impuestos a la renta, valor agregado y a los consumos especiales para microempresas, incluidos emprendedores que cumplan con la condición de microempresas según lo establecido en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y el Reglamento correspondiente, siempre que no se encuentren dentro de las limitaciones previstas en la norma.
Para la categorización de microempresas se considerará a aquellos contribuyentes con ingresos de hasta USD 300.000 y que cuenten con hasta 9 trabajadores a la fecha de publicación del catastro. Para dicha categorización, prevalecerá el monto de ingresos sobre la condición de número de trabajadores. (Servicio de Rentas Internas, 2020, p.3) IFS (2020) afirma que “los sujetos pasivos serán responsables de verificar, su inclusión o exclusión del Régimen Impositivo para Microempresas, en el catastro publicado en la página web institucional (www.sri.gob.ec), de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de esta Resolución”. (p.4)
Los ejes sobre los que se estructura el régimen se resumen en el siguiente gráfico:
Figura 1. Ejes del Régimen de Microempresas
Figura 2. Deberes Formales del Régimen de Microempresas
MATERIAL Y MÉTODOS
Primera Fase Análisis de informes del Sistema de Recaudación Interna SRI periodos 2019, 2020, 2021
Tabla 2. Información Consolidada Recaudación de Impuestos
En la tabla 2 se muestra la información consolidada referente a la recaudación de tributos del SRI (Sistema de Recaudación Interna), en la primera fila se refleja los montos correspondientes a la provincia de Cotopaxi, en las filas siguientes se desglosa cuanto corresponde a cada cantón, es importante mencionar que se presentan los datos de IVA, IR e ICE, porque son los tributos aplicables al régimen microempresas y sobre los que recae los deberes formales. El periodo de análisis corresponde a los años 2019, 2020, 2021 presentados en bloques caramente identificables. De forma general se observa que el año en que se aplicó la resolución de microempresas (2020) presenta una disminución en la recaudación.
En la tabla 3 se resume de forma general el monto total (IVA, IR e ICE) recaudado en cada periodo de estudio al inicio de la tabla se muestra el total de la provincia y se desglosa la recaudación en cada cantón; Latacunga representa el monto principal en cuanto al pago de tributos de la provincia, esto se puede asociar a que del 100% de empresas de la provincia de Cotopaxi el 48% de estas se concentran en el cantón Latacunga, según cifras obtenidas de las Estadísticas Multidimensionales (intersri).
Tabla 3. Evolución de la Recaudación IVA, IR, ICE por Periodo
En la provincia de Cotopaxi se aprecia montos variables en los tres periodos de estudio, el gráfico 1 refleja una reducción significativa en el año 2020, pasando de 107 a 96 millones es decir una reducción del -10,98% respecto al año anterior a la resolución, en este periodo existió un déficit provocado por la contracción económica, en la provincia y en el país las actividades económicas se paralizaron, las ventas cayeron esto sin duda traería consigo implicaciones económicas y tributarias.
En cuanto a los cantones Latacunga se torna como el principal contribuyente de impuestos de la provincia. Si bien la creación del régimen microempresas se declaró con el afán de impulsar la eficiencia en el cobro de tributos, pero debido a la difícil situación que atravesó el país debido a la pandemia estos objetivos no se cumplieron de inmediato, teniendo en cuenta los datos citados del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Tabla 1) el número de microempresas en Cotopaxi no se redujo significativamente, hubo una contracción del 1.4% que no genera una curva significativa de disminución; pero entonces porqué el cobro de impuestos se redujo el 10,98%, esto sin duda está ligado al confinamiento las importaciones y exportaciones, así como las ventas de bienes y servicios cayeron a pique, los negocios cerraron sus establecimientos, generando grandes pérdidas, en este sentido los microempresarios que son negocios de ropa, comida, artículos en general, tiendas, etc. vieron la imperiosa necesidad de vender esto dio un impulso a la informalidad, llevando el comercio a la modalidad virtual, la tecnología se tornó como pilar fundamental para dar continuidad a la actividad de compra venta ofrecían sus artículos mediante redes sociales y páginas, aunque esto les permitió vender parte o totalidad de su stock, estas ventas en su mayoría no fueron declaradas, en la transacción no se otorgó regularmente el documento de respaldo factura y efectivamente en las declaraciones el impuesto se redujo; es importante considerar que las cifras oficiales para estos periodos no reflejan la realidad un gran número de empresas que no soportaron la crisis económica y tuvieron que cesar definitivamente sus actividades no han completado los trámites para darse de “baja” en el sistema.
En otro sentido al inicio de la resolución los microempresarios tuvieron desconocimiento de pertenecer a este régimen, la situación de emergencia sanitaria entorpeció la comunicación eficiente y hubo confusión y desconocimiento por ende incumplimiento de deberes formales y del pago del tributo, cierto número de microempresarios dejaron las operaciones tributarias para después, a partir del año 2021 cuando permitieron la reapertura de los negocios con cierta normalidad, se dio inicio a “igualarse” en las obligaciones y deberes formales, con una información mucho más clara, con una lenta recuperación económica, el contribuyente pudo en horarios estipulados acercarse, informarse y llevar a cabo las operaciones que adeudaba con el SRI y permitiendo tener una recuperación significativa del 18,96% en el cobro de los tres principales tributos del país IVA, IR e ICE.
Grafico 1. Recaudación de Impuestos Cotopaxi
En la provincia Cotopaxi el tributo principal es el IVA como refleja la tabla 4 alcanzó una recaudación total de 267 millones en los tres periodos de estudio, seguido por el IR 151 millones y en tercer lugar el ICE con 10 millones.
Tabla 4. IVA, IR e ICE
El impuesto al Valor Agregado IVA, es el de mayor rubro en la provincia, en el periodo 2020 presenta una reducción del 15%, este es un impuesto sobre el consumo, la disminución se asocia con el confinamiento social y el cierre de los establecimientos a menor consumo menor impuesto IVA. Como se observa en la Tabla 5 y Gráfico 2.
Tabla 5. Recaudación de Impuesto al Valor Agregado IVA
Gráfico 2. Recaudación Impuesto al Valor Agregado
El IR es el segundo tributo en Cotopaxi la reducción en el periodo 2020 fue del 5%, esto refleja que a pesar del 2% que se estableció para las microempresas sobre los ingresos brutos, no se logró incrementar la recaudación tributaria, por esta razón se afirma que en concordancia con Tax Services & TFC Consultores corporativos (2021) “el IR previsto para el régimen de microempresas no cumple con los principios tributarios de generalidad, progresividad, eficiencia, simplicidad, equidad y trasparencia, previstos en el art. 300 de la Constitución de la República del Ecuador” (p. 17)
Es importante mencionar que los contribuyentes debieron pagar el 2% sobre las ventas aún si no presentaren utilidades, puesto que el tributo se calcula de los ingresos brutos sin tener en cuenta los costos y gastos que según Hurtado (2018) citador Lluvichusca & Otros (2021) “es un conjunto de recursos que intervienen directamente en los procesos de producción en un periodo determinado”. (p.329)
Tabla 6. Recaudación Impuesto a la Renta
Gráfico 3. Recaudación Impuesto a la Renta
Fase dos aplicaciones de instrumentos de recolección de datos
Tabla 7. Resultados de la Encuesta Dirigida a los Microempresarios de la Provincia de Cotopaxi
Gráfico 4. Resultado Encuesta Dirigida a los Microempresarios de la Provincia de Cotopaxi
La percepción de los microempresarios de la provincia de Cotopaxi, evidencia descontento e inconformidad con la resolución el desconocimiento de pertenecer al régimen les generó inconvenientes moras e intereses por incumplimiento de las obligaciones, especialmente el 2% sobre las ventas lo consideran como un atentado contra la integridad de la economía y liquidez de los pequeños negocios y emprendimientos puesto que debían pagar este porcentaje por cada factura emitida sin importar si el resultado del periodo fuera pérdidas a diferencia del régimen general que aplicaba el impuesto sobre las utilidades o renta. Un aspecto a favor de este sistema es que simplificó las obligaciones al acogerse a la modalidad semestral. Por lo expuesto se afirma que el régimen no dio los resultados esperados, generó incertidumbre y amenazó la sustentabilidad del microempresario.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
La recaudación de impuestos del año 2020 resultó afectada por la pandemia que trajo consigo una crisis severa que alteró la economía nacional, como medida impulsadora de la cultura tributaria el Sistema de Recaudación Interna decretó el cumplimiento obligatorio de un régimen para microempresas, quienes generen ingresos brutos menores a 300.000 dólares y tengan entre 1 y 9 trabajadores.
El tributo impuesto en la pandemia del régimen de microempresas impone el cobro del 2% sobre las ventas y no sobre la utilidad, en el régimen general el impuesto se imponía sobre las utilidades resultantes luego de la deducción de gastos, pero el régimen impuso un 2% de monto de ventas, esto en un contexto de crisis, es devastador para las empresas afectando la liquidez y economía al no poder deducir los gastos que incurren en su actividad económica; los microempresarios no se encontraron conformes con la aplicación de la reforma, afirman que debido al desconocimiento inicial ocasionó que no puedan cumplir con los deberes generando intereses por morosidad y retrasos en declaraciones y pago de impuestos pues no existió una notificación previa se enteraron cuando ya eran parte del catastro. Aplicar esta normativa impone cambios que difieren del régimen general al que pertenecían previamente, el pago del IVA lo debían efectuar de forma semestral acumulando el monto para cubrir el pago de este impuesto que al dejar de ser agentes de retención era neto, en cuanto al impuesto a la renta sin duda es mucho mayor puesto que el 2% se aplica a las ventas y no a la utilidad resultante del ejercicio, no obstante al sujetarse a la presentación de obligaciones semestrales y no de forma mensual se simplificaron los procesos de 12 a 2 por año.
Por último, cabe mencionar que en otras circunstancias donde la comunicación sea efectiva, no existiere restricciones de socialización o confinamiento ni se enfrentare una crisis de tal magnitud como la ocasionada en el 2020, este régimen hubiera funcionado y el organismo recaudador hubiera logrado sus objetivos pero en este caso no fue así al analizar las estadísticas de la página oficial del SRI se evidenció una reducción en la recaudación del 10,98% frente al periodo inmediato anterior 2019.
CONCLUSIONES
La recaudación de impuestos del año 2020 resultó afectada por la pandemia que ocasionó una crisis severa alterando la economía nacional, como medida impulsadora de la cultura
tributaria el Sistema de Recaudación Interna decretó el cumplimiento obligatorio de un régimen para microempresas para quienes generen ingresos brutos menores a 300.000 dólares y tengan entre 1 y 9 trabajadores.
El SRI cumplió dos de los tres objetivos establecidos mediante los pilares del régimen impositivo de microempresas “Reducir los deberes formales, “Agilizar e incentivar el cumplimiento de obligaciones y el pago de tributos”
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